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El Gremio Nacional de
Hipnotistas e Hipnoterapeutas, requiere que sus
socios sigan los siguientes principios éticos de común
acuerdo y se responsabilice cada uno de su cumplimiento.
A.- Bienestar del Cliente:
El socio debe tomar como primera consideración el hacer que
cada cliente se sienta bien física y mentalmente.
B.- Protección al Cliente:
El socio no deberá envolverse en discusiones verbales o
físicas con ningún cliente.
C.- Límites en las
Prácticas.- El socio deberá usar hipnosis estrictamente
dentro de los límites de su entrenamiento y competencia y en
conformidad a la ley de Chile.
D.- Propagandas.- El socio
debe ser honesto y sincero en sus anuncios.
E.- Práctica Referida.- El
socio debe practicar la hipnosis en clientes con
enfermedades físicas o mentales sólo con una referencia por
escrito de un médico o profesional de la salud mental,
excepto cuando es indicado de otro modo y especificado en la
ley de Chile.
F.- Práctica Razonable.- El
socio debe proveer servicio al cliente solo después de la
evaluación y con la aprobación de un profesional en el
cuidado de la salud, cuando presente problemáticas que debe
ser vista por un profesional de la salud..
G.- Colegas: Los socios
deben tratar a sus colegas hipnotistas sin difamación
pública.
ESTÁNDARES
DEL GREMIO RECOMENDADOS PARA LA PRÁCTICA DEL HIPNOTISMO
Gremio Nacional de Hipnotistas e Hipnoterapeutas entrega los siguientes
estándares para la práctica profesional del hipnotismo:
Mantenimiento de Récords.-
Los socios deben mantener un record apropiado y necesario
para su práctica profesional.
Oportunidad de prácticas.-
El socio debe usar el hipnotismo con el cliente para
eliminar hábitos no deseados, facilitar el proceso de
aprendizaje, mejorar la memoria y la concentración,
desarrollar la autoestima, eliminar el stage fright, mejorar
las habilidades atléticas y para otros que no sean de
naturaleza medicinal social, educacional y cultural, a no
ser que tenga además otra profesión que lo habilite.
Títulos
de la Práctica.-
Los socios deben publicar sus servicios para el público
solamente con los títulos ganados y reconocidos por el
Gremio Nacional de Hipnotistas e Hipnoterapeutas
como Hipnosis Chile, Cepahiet, etc., tales como: Certified
Hypnotist (Certificado de Hipnotista), Certified
Hypnotherapist (Certificado de Hipnoterapeuta), Certified
Instructor (Certificado de Instructor en Hipnosis), Board
Certified Hypnotist or Board Certified Hypnotherapist.
Fellow of the National Guild of Hypnotist or Diplomate od
the National Guild of Hypnotists or title protected by the
law.
Exponer.-
El socio debe exponer honradamente a cada cliente usando
el
CBR o documento de similar naturaleza, el entrenamiento del
hipnotista, el campo de estudio de cualquier grado más alto
cuando ofrece servicios al publico, los límites legales del
socio para practicar hipnotismo, la orientación o modelo
teorético del practicante, las instrucciones para contactar
al Gremio Nacional de Hipnotistas e Hipnoterapeutas cuando el cliente lo requiera o cualquier práctica o
póliza de negocio que el socio mantenga. Los socios que
tengan un grado avanzado de instituciones que no son
reconocidos por el Ministerio de Educación de Chile deben
mencionar al cliente por escrito que el grado es alternativo
o complementario y no académico. El socio debe
restringirse a estos servicios ofrecidos en este documento
al hipnotismo.
Terminología.-
A no ser que esté calificado para hacerlo por otras
credenciales, el socio debe evitar el uso de lenguaje de
psicopatología o medicina cuando trabaja con clientes,
excepto cuando se trata de una referencia hecha por un
profesional de la salud o profesional de la salud mental.
Hipnotismo publico.-
La demostración de hipnotismo siempre debe ser presentada
en una forma que guste y considere a los individuos que se
prestan como voluntarios para participar en demostraciones
públicas. Las personas que participan en una demostración
deben ser tratadas con respeto y cortesía.
Regresión en el tiempo e
Hipnotismo forense.-
Debe ser aplicada sólo por aquellos socios que hayan tomado
un curso especial o entrenamiento adicional en este campo de
estudio especifico.
Imagery.-
Temores, obscenidades, conducta sexual inapropiada,
humillaciones nunca deben ocurrir durante el ejercicio de la
hipnosis con el cliente.
Reclamos.-
Los socios no deben realizar falsas acusaciones o
difamaciones respecto al hipnotismo, pero debe, siempre que
sea posible, educar al público con una perspectiva verdadera
y positiva del hipnotismo.
Publicidad.-
Toda publicidad debe ser presentada en forma ética y
profesional acorde con los estándares establecidos. Los
socios deben anunciar sus servicios y su competencia en
hipnotismo en conjunto con otras especialidades,
ocupaciones, vocaciones, arte o profesiones en los que
realmente tengan entrenamiento propiamente reconocido y
calificado para ejercerlo en su campo.
Educación.-
Las escuelas de instrucciones ya existentes y aquellas que
se establezcan en el futuro deben proveer un currículum
completo que incluya teoría, práctica y aplicación de
hipnotismo y describa instrucción y práctica supervisada en
la metodología en hipnosis, las posibilidades y limitaciones
del hipnotismo con una completa instrucción de la ética y
los estándares de nuestra profesión. Los instructores de
estas escuelas deben ser aprobados y certificados por
National Guild of Hypnotists o mantener credenciales
juzgadas por el gremio como equivalentes.
Good Standing.-
Aquellos socios que cumplen con el número requerido de horas
de educación, poseen carácter moral elevado, se conducen por
sí mismos y practican el hipnotismo en una forma profesional
y ética, cumplen sus responsabilidades financieras y serán
considerados como un miembro en “Good Standing" del
Gremio Nacional de Hipnotistas e Hipnoterapeutas.
Recomendación.-
Cuando un socio recomienda a un cliente, a un colega o a un
profesional de la salud, el socio debe, en lo posible,
entregar al cliente una lista de nombres de recomendados.
* Terminologías del
hipnotismo.-
El socio debe aplicar
algunas Terminologías Internacionales en idioma inglés que
corresponden al diccionario del Gremio Nacional de Hipnotistas e Hipnoterapeutas:
* National
Certified, or Guild Certified. -
Significa que el socio está
certificado por la National Guild of Hypnotists, USA.
*Good Standing. - Significa
que la persona se encuentra en pie firme en frente de sus
responsabilidades relacionadas con su disciplina conductual
de carácter moral y social. Al mismo tiempo, cumple con la
ética profesional de la organización o grupo que representa.
* Client Bill of
Right (CBR). - El
socio puede referirse a Client Bill of Right, Declaración de
Derechos del Cliente o simplemente “CBR”.
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